GERENCIA DE EMPRESAS DE PROPIEDAD SOCIAL
SI A LA ENMIENDA
CONSTITUCIONAL 2009
GERENCIA DE EMPRESAS DE PROPIEDAD SOCIAL
Objetivo
Dar a conocer a las comunidades los fundamentos constitucionales y los beneficios socio políticos que se obtendrá con la aprobación de la Enmienda Constitucional en los Artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución , referido a la reelección de los gobernadores (as), legisladores (as) nacionales y estadales, alcaldes (esas) y del presidente o presidenta.
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Definiciones
- Enmienda (Art. 340 CRBV)
Tiene por objeto revisar parcialmente la constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que modifiquen su estructura y sus principios fundamentales.
- Constituyente
- Reforma
Redacción de una nueva constitución por una asamblea constituyente elegida por el pueblo como depositario del poder constituyente originario.
Es un recurso constitucional que tiene por objeto adicionar o modificar uno o varios artículos de la constitución sin alterar su estructura.
Ejemplo:
Mi familia va de paseo solo a la playa.
Enmienda: Mi familia va de paseo a la playa y al río.
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ENMIENDA PROPUESTA
- Artículo 230 Vigente
- El periodo presidencial es de seis años. El presidente de la República puede ser reelegido o reelegida de inmediato y por una sola vez y para un nuevo periodo.
- Artículo 230 Propuesto
- El periodo presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida.
ARTICULOS PROPUESTOS
ARTICULOS VIGENTES
- Artículo 160 Vigente
- El gobernador o gobernadora será elegido o elegida por un periodo de cuatro años por mayoría de las personas que voten. El gobernador o gobernadora podrá ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola vez, para un nuevo periodo.
- Artículo 160 Propuesto
- El gobernador o gobernadora será elegido o elegida por un periodo de cuatro años por mayoría de las personas que voten. El gobernador o gobernadora podrá ser reelegido o reelegida.
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ENMIENDA PROPUESTA
- Artículo 162 Vigente
- Los legisladores y legisladoras estadales serán elegidos o elegidas por un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos o reelegidas por dos periodos consecutivos como máximo.
ARTICULOS PROPUESTOS
ARTICULOS VIGENTES
- Artículo 174 Vigente
- El alcalde o alcaldesa será elegido o elegida por un periodo de cuatro años por mayoría de las personas que votan, y podrá ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola ves, para un nuevo periodo.
- Artículo 162 Propuesto
- Los legisladores y legisladoras estadales serán elegidos o elegidas por un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos o reelegidas.
- Artículo 174 Propuesto
- El alcalde o alcaldesa será elegido o elegida por un periodo de cuatro años por mayoría de las personas que votan, y podrá ser reelegido o reelegida.
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ENMIENDA PROPUESTA
ARTICULOS PROPUESTOS
ARTICULOS VIGENTES
- Artículo 192 Vigente
- Los diputados o diputadas a la asamblea nacional durarán cinco años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelegidos o reelegidas por dos periodos consecutivos como máximo.
- Artículo 192 Propuesto
- Los diputados o diputadas a la asamblea nacional durarán cinco años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelegidos o reelegidas.
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Beneficios Socio Políticos de la Enmienda
- Garantía de continuidad de los programas, proyectos y misiones sociales.
- Fortalecimiento del poder comunal a través de los consejos comunales.
- Garantía de la continuidad del Plan Nacional Simón Bolívar.
- Garantía de no volver a ser nunca más una colonia de ningun centro de poder.
- Garantía de que el Poder siempre resida en el pueblo.
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Maneras para proceder a la Enmienda
(Art. 341 CRBV)
- Del 15% de los electores y electoras inscritas en el registro civil y electoral.
- Del 30% de los integrantes de la Asamblea Nacional. (*)
- Del presidente o presidenta de la República en consejo de ministros.
(*) Se activó la segunda opción con el apoyo contundente del pueblo.
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Criterios de la Oposición ante la Enmienda Propuesta
La propuesta es
inconstitucional.
La propuesta esta fundamentada en los artículos 340 y 341 de la CBRV
No se puede someter nuevamente la reforma que fue rechazada
No es una reforma, es una enmienda
El presidente quiere eternizarse en el poder
El pueblo es quien decide quien será el presidente o presidenta a través de la reelección.
La enmienda propone reelección indefinida
La enmienda propone el derecho de postulación consecutiva del presidente o presidenta en ejercicio.
La enmienda rompe el principio de alternabilidad
El principio de alternabilidad está contenido en las elecciones mismas
Mentiras de la Oposición
Respuestas del Pueblo
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Porqué apoyamos
la Enmienda
Garantizar el Poder
del Pueblo
Por el futuro de
nuestras familias
y las generaciones
futuras
Por la soberanía
Petrolera y
tecnológica
Continuidad de las
Misiones Sociales
Por la Paz
Democracia
participativa
y protagónica
verdadera
Mejor Calidad
de Vida
Consolidación del
Socialismo
Por nuestro
comandante