sexta-feira, 30 de janeiro de 2009

VENEZUELA.COÑECE A ENMENDA!

GERENCIA DE EMPRESAS DE PROPIEDAD SOCIAL

SI A LA ENMIENDA

CONSTITUCIONAL 2009

GERENCIA DE EMPRESAS DE PROPIEDAD SOCIAL

Objetivo

Dar a conocer a las comunidades los fundamentos constitucionales y los beneficios socio políticos que se obtendrá con la aprobación de la Enmienda Constitucional en los Artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución , referido a la reelección de los gobernadores (as), legisladores (as) nacionales y estadales, alcaldes (esas) y del presidente o presidenta.

GERENCIA DE EMPRESAS DE PROPIEDAD SOCIAL

Definiciones

  • Enmienda (Art. 340 CRBV)

Tiene por objeto revisar parcialmente la constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que modifiquen su estructura y sus principios fundamentales.

  • Constituyente

  • Reforma

Redacción de una nueva constitución por una asamblea constituyente elegida por el pueblo como depositario del poder constituyente originario.

Es un recurso constitucional que tiene por objeto adicionar o modificar uno o varios artículos de la constitución sin alterar su estructura.

Ejemplo:

Mi familia va de paseo solo a la playa.

Enmienda: Mi familia va de paseo a la playa y al río.

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ENMIENDA PROPUESTA

  • Artículo 230 Vigente
  • El periodo presidencial es de seis años. El presidente de la República puede ser reelegido o reelegida de inmediato y por una sola vez y para un nuevo periodo.

  • Artículo 230 Propuesto
  • El periodo presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida.

ARTICULOS PROPUESTOS

ARTICULOS VIGENTES

  • Artículo 160 Vigente
  • El gobernador o gobernadora será elegido o elegida por un periodo de cuatro años por mayoría de las personas que voten. El gobernador o gobernadora podrá ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola vez, para un nuevo periodo.

  • Artículo 160 Propuesto
  • El gobernador o gobernadora será elegido o elegida por un periodo de cuatro años por mayoría de las personas que voten. El gobernador o gobernadora podrá ser reelegido o reelegida.

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ENMIENDA PROPUESTA

  • Artículo 162 Vigente
  • Los legisladores y legisladoras estadales serán elegidos o elegidas por un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos o reelegidas por dos periodos consecutivos como máximo.

ARTICULOS PROPUESTOS

ARTICULOS VIGENTES

  • Artículo 174 Vigente
  • El alcalde o alcaldesa será elegido o elegida por un periodo de cuatro años por mayoría de las personas que votan, y podrá ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola ves, para un nuevo periodo.

  • Artículo 162 Propuesto
  • Los legisladores y legisladoras estadales serán elegidos o elegidas por un periodo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos o reelegidas.

  • Artículo 174 Propuesto
  • El alcalde o alcaldesa será elegido o elegida por un periodo de cuatro años por mayoría de las personas que votan, y podrá ser reelegido o reelegida.

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ENMIENDA PROPUESTA

ARTICULOS PROPUESTOS

ARTICULOS VIGENTES

  • Artículo 192 Vigente
  • Los diputados o diputadas a la asamblea nacional durarán cinco años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelegidos o reelegidas por dos periodos consecutivos como máximo.

  • Artículo 192 Propuesto
  • Los diputados o diputadas a la asamblea nacional durarán cinco años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelegidos o reelegidas.

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Beneficios Socio Políticos de la Enmienda

  • Garantía de continuidad de los programas, proyectos y misiones sociales.
  • Fortalecimiento del poder comunal a través de los consejos comunales.
  • Garantía de la continuidad del Plan Nacional Simón Bolívar.
  • Garantía de no volver a ser nunca más una colonia de ningun centro de poder.
  • Garantía de que el Poder siempre resida en el pueblo.

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Maneras para proceder a la Enmienda

(Art. 341 CRBV)

  • Del 15% de los electores y electoras inscritas en el registro civil y electoral.
  • Del 30% de los integrantes de la Asamblea Nacional. (*)
  • Del presidente o presidenta de la República en consejo de ministros.

(*) Se activó la segunda opción con el apoyo contundente del pueblo.

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Criterios de la Oposición ante la Enmienda Propuesta

La propuesta es

inconstitucional.

La propuesta esta fundamentada en los artículos 340 y 341 de la CBRV

No se puede someter nuevamente la reforma que fue rechazada

No es una reforma, es una enmienda

El presidente quiere eternizarse en el poder

El pueblo es quien decide quien será el presidente o presidenta a través de la reelección.

La enmienda propone reelección indefinida

La enmienda propone el derecho de postulación consecutiva del presidente o presidenta en ejercicio.

La enmienda rompe el principio de alternabilidad

El principio de alternabilidad está contenido en las elecciones mismas

Mentiras de la Oposición

Respuestas del Pueblo

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Porqué apoyamos

la Enmienda

Garantizar el Poder

del Pueblo

Por el futuro de

nuestras familias

y las generaciones

futuras

Por la soberanía

Petrolera y

tecnológica

Continuidad de las

Misiones Sociales

Por la Paz

Democracia

participativa

y protagónica

verdadera

Mejor Calidad

de Vida

Consolidación del

Socialismo

Por nuestro

comandante